Para determinar los Bosques de Producción Permanente (BPP), donde se otorgan las concesiones, no se siguen procesos participativos. Sobre dichas áreas se determina las Unidades de Aprovechamiento, las cuales se ofertan mediante concurso público, culminando este proceso en el otorgamiento de las concesiones forestales.
Asimismo para otorgar los permisos y autorizaciones, la autoridad forestal no sigue un proceso de consulta previa al otorgamiento de dichos derechos.
Título | a. Decreto Supremo 014-2001-AG.- Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre b. Ley 27308 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre donde se define los servicios ambientales (aún vigente) |
Organización | a. Ministerio de Agricultura a través de su Dirección de Línea, Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), ahora absorbido por la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre b. Congreso de la República. |
Fuente | a. http://www.legislacionforestal.org/reglamento-de-law-forestal-y-de-fauna-silvestre/ b. http://dgffs.minag.gob.pe/pdf/law27308.pdf |