El Consejo de Participación Ciudadana (CPC) es una entidad autónoma, creada a partir de la Constitución (2008), la cual reconoce el derecho a la consulta en su artículo 398. La función del CPC es ser un ente facilitador de procesos de participación, control social y lucha contra la corrupción, entre el Estado y la Sociedad Civil. Forma parte de una de las funciones del Estado: La función de Transparencia y Control Social.
Se reconocen diversos mecanismos para las distintas iniciativas de participación ciudadana, entre estos: Veedurías ciudadanas, observatorios, cabildos populares y redes ciudadanas. Además, en la Ley de Participación Ciudadana (art. 77) se estipula el Principio de la Silla Vacía, que otorga a los ciudadanos el derecho a participar con Voz y Voto en las sesiones de los gobiernos autónomos. La ANE promueve el “bus móvil de la Asamblea”, que recorre todo el país y es un mecanismo donde la ciudadanía puede consultar, opinar o enviar propuestas de ley, reformas y fiscalización directamente a un Asambleísta específico.
Finalmente, la ley de gestión ambiental establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia (Ley de Gestión Ambiental Codificada, 2004). Esta ley cuenta con un “Reglamento de participación establecido en la ley de gestión ambiental” (http://www.lexis.com.ec/webtools/esilecpro/FullDocumentVisualizer/FullDocumentVisualizer.aspx?id=AMBIENTE-REGLAMENTO_DE_PARTICIPACION_ESTABLECIDOS_EN_LEY_DE_GESTION_AMBIENTAL) donde entre otros aspectos se estipula el alcance de la participación, el momento, los mecanismos, la información necesaria y procedencia de la participación, la recepción de criterios, su sistematización, etc.
En lo referente a procesos REDD+ la Subsecretaría de Cambio Climático ha conformado dos instancias de participación de la sociedad civil y pueblos y nacionalidades indígenas: la Mesa de Seguimiento del Programa ONU REDD+ y el Comité Nacional de Estándares Sociales y Ambientales para REDD+. Estas dos instancias están conformadas por representantes de grupos de la sociedad civil, está pendiente el informe final que dé cuentas de cómo los miembros del comité han socializado la información con sus representados y de cómo el comité ha recogido e incorporado las opiniones de éstos. Al momento la Subsecretaría de Cambio Climático está trabajando en una propuesta para la conformación de una plataforma única y formal de participación, diálogo e involucramiento para todos los procesos relacionados con el mecanismo REDD+ que el MAE lidera. Adicionalmente, el Ecuador será un país piloto para la implementación de la Evaluación Participativa de la Gobernanza (PGA por sus siglas en inglés) la cual es una iniciativa del programa ONU REDD para evaluar temas relacionados con la participación e involucramiento efectivo de todos los actores clave.
Título | a) Constitución de la República del Ecuador 2008 b) Ley orgánica de participación ciudadana c) Ley orgánica del consejo de participación ciudadana y control social d) Reglamento de participación establecidos en ley de gestión ambiental |
Organización | a) Asamblea Nacional del Ecuador (ANE) b) Asamblea Nacional del Ecuador c) Asamblea Nacional del Ecuador d) Acceso a través de un buscador general. |
Fecha | a) 20 de octubre del 2008 b) 20 de abril 2010 c) 9 de septiembre del 2009 d) 8 mayo del 2008 |
Fuente | a) http://www.asambleanacional.gov.ec/documentos/constitucion_de_bolsillo.pdf b) http://documentacion.asambleanacional.gov.ec/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/9c662c3c-7ef6-46f3-bc69-8e55f4f92820/Registro%20Oficial%20Ley%20Org%C3%A1nica%20de%20Participaci%C3%B3n%20Ciudadana.pdf c) http://documentacion.asambleanacional.gov.ec/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/a2d4b94e-7c8f-473a-8055-641b5b0c2a4d/Ley%20Organica%20del%20Consejo%20de%20Participaci%C3%B3n%20Ciudadana%20y%20control%20Social.pdf d) A través de un buscador general y de un buscador pagado. |